¿Qué es la propiedad por ocupación de animales?

¿Somos realmente propietarios de nuestras mascotas según las leyes vigentes? Poco a poco, en el Derecho Civil español los animales van dejando de ser considerados ‘objetos’ y tienen cada vez más derechos.

Propiedad por ocupación de animales

La propiedad por ocupación es la toma de posesión de una cosa sin dueño con el fin de hacerla propia. El Código Civil incorpora el derecho de propiedad por ocupación de animales objetos de caza o carentes de dueños porque nunca lo tuvieron o por abandono.

Asimismo, existen algunas cuestiones diferenciales entre animales domésticos y amansados, de caza, enjambres y animales salvajes. Por otro lado, se acaban de aceptar modificaciones en las normas jurídicas para que los animales dejen de ser considerados bienes muebles.

¿En qué consiste la propiedad por ocupación de animales?

El Código Civil tipifica que se puede apropiar por ocupación los bienes que no tienen dueño por naturaleza, los animales de caza y pesca, un tesoro escondido y los bienes muebles abandonados. En principio, los animales de compañía son considerados por la legislación como bienes muebles. Por lo tanto, son susceptibles de ocupación bajo las reglas generales de la ley.

Según este concepto, es posible tomar propiedad por ocupación de animales, siempre que estén abandonados. En caso de fuga o extravío, el dueño tiene el derecho a solicitar su restitución. La propiedad se pierde por abandono y pasan a ser apropiables por cualquier persona que tengan el ánimo de posesión.

Apropiación de animales de caza

Los animales objeto de caza se regulan por una regulación específica, la Ley 1/1970 del 4 de abril. En esta categoría se encuentran los animales salvajes y los domésticos que hayan perdido esta condición. En el caso de que los mismos se fuguen se pierde la propiedad por ocupación.

Caza furtiva representada con armas en el monte

Quedan excluidos los animales salvajes domesticados. La única manera de ocupación de estos es el abandono de su dueño anterior o la fuga del animal. Es decir, pasa a tener las mismas condiciones de los domésticos.

Es requisito que los cazadores cuenten con las licencias correspondientes para la actividad. Y la ocupación se entiende a partir del momento en el que le da muerte o captura. Ahora bien, la pieza se cobra de diferentes maneras según el terreno donde esté el animal:

  • Terreno ajeno, es decir, después de ser herida la pieza entra a una propiedad privada y el cazador tiene derecho a cobrarla.
  • Terrenos abiertos en régimen cinegético para caza mayor: se cobra sin necesidad de perros ni armas si es visible desde el linde.
  • Terrenos de régimen cinegético común, cuando varios cazadores persiguen la presa el resto debe abstenerse.

Los animales de compañía: ¿sujetos de derecho o bienes apropiables?

En España se han propuesto modificaciones a la regulación de animales de compañía, pero aún existe un gran atraso. Por un lado, hay una gran dicotomía entre el Derecho Civil y el Derecho Penal en materia de mascotas. El primero considera a los animales de compañía como bienes muebles que son apropiables.

Abandono de perros

En el Derecho Penal se aplica el delito de maltrato y abandono de animales, lo que otorga otro estatus diferente al de ‘muebles’. Poco a poco, se van imponiendo sanciones, incluso con penas de prisión.

Las presentaciones que deben analizarse y aprobarse en la legislación tienden a considerar los animales de compañía como dotados de sensibilidad. Es decir, a la creación de una nueva figura en el Código Civil que los diferencie de los bienes muebles.

¿Qué implica que sean considerados bienes muebles?

Los animales de compañía son para el Código Civil una fracción del patrimonio de las personas. En este sentido, pueden ser objeto de embargos patrimoniales o disputas civiles, entre otras acciones, en todos los casos sin importar los derechos del animal ni la relación de afinidad que tenga con sus propietarios.

Bases de las nuevas propuestas

Otra de las grandes tareas por delante es la aprobación de una ley base sobre protección de animales. En la actualidad depende de cada una de las comunidades autónomas y el fin es que todo el país tenga la misma legislación sobre la cual se rija el resto.

Los animales de compañía tienen sensibilidad y generan vínculos fuertes con sus propietarios. Existe una especie de ‘empatía’, que debe resguardarse con la garantía de cuidados responsables. No es igual la relación que una persona tiene con su animal de compañía que con su cama.

Asimismo, es necesario promocionar la adopción para disminuir los índices de abandono. El solo hecho de no ser parte de una relación comercial coloca a los animales en otro nivel.

Bibliografía

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  • Ubadoc.uva.es. Germán de Castro Vítores (2009). La ocupación en general. Ocupación simple. Extraído de: https://uvadoc.uva.es/bitstream/handle/10324/5212/Dc3.%20TEMA.%20Ocupaci%F3n.%202009.pdf;jsessionid=998E728B2D1666C43E378E7A15A6B019?sequence=1
  • Universidad Autónoma Barcelona. 2019. LA DESCOSIFICACIÓN DE LOS ANIMALES Y SU NUEVO ESTATUTO JURÍDICO EN EL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL. Extraído de: https://ddd.uab.cat/pub/tfg/2019/210954/TFG_icasadoestepa.pdf
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