Legalidad de los decomisos en animales

Cuando el Estado interviene en algunos casos de maltrato o de abandono animal, ¿qué ocurre con esos gatos o perros, generalmente? Esta es la legalidad de los decomisos en animales.

Los decomisos en animales están previstos en el orden jurídico. Sin embargo, la legislación española  dedicada al maltrato animal va evolucionando a pasos muy lentos.

Periódicamente las Asociaciones de Protección Animal hacen oír sus voces que reclaman mayor eficacia.  A nivel de letra escrita, los textos marcan un buen camino. Las leyes se concretan y se promulgan. Pero a la hora de asegurar su cumplimiento, el estado no logra los resultados esperados.

No existen controles oficiales acerca del trato a los animales. Las violaciones a las leyes se detectan casi exclusivamente mediante denuncias de ciudadanos.  Y en muchas ocasiones los animales siguen siendo objetos que el hombre utiliza para lo que tenga ganas.

¿Cómo se concibe la legislación al animal?

La normativa sobre el maltrato animal considera a los animales como objetos materiales del delito. Cabe aclarar que la expresión ‘objetos materiales’ no se refiere a objetos- cosas. La ley define el objeto material como “la persona o cosa sobre la que recae la conducta típica”.

Referido a los animales, se los considera objetos materiales porque reciben el impacto de la acción delictiva ejercida por un sujeto, una persona.  Esa es la idea que anima la legislación. Los decomisos en animales se sostienen en este concepto jurídico del animal.

Cachorros de perro en jaulas.

¿Los animales tienen derechos?

No existe a nivel legal un reconocimiento explícito de los derechos del animal. En este ámbito, el debate entre posiciones antagónicas es permanente. Por un lado están quienes sostienen que no puede ser titular de derecho quien no es titular de obligaciones.

Por otra parte, la minoría opina que los animales son titulares de ciertos derechos, como el derecho a la vida e integridad física.  Las autoridades académicas no terminan de definirse y la discusión, que es más bien filosófica, es eterna.

Por esta falta de acuerdos y de definiciones, el ordenamiento jurídico subordina la tutela de los animales a las acciones humanas. El asunto se aborda, de esta forma, desde la perspectiva de los comportamientos de las personas que causan sufrimiento injustificado a los animales.

¿Cuándo se procede a los decomisos en  animales?

Cada comunidad autónoma ha legislado por su cuenta con un interés común: evitar el maltrato a los animales. En todas subyace la intención de preservar la integridad física del animal.

Como medida efectiva, la mayor parte de las comunidades prevén los decomisos en animales, temporales o definitivos, cuando estos sufren maltrato.  La separación cautelar del animal de quien se presume que lo maltrata, es el primer paso para protegerlo.

¿Cómo se aplica el sistema en los hechos?

La activación del sistema de protección animal comienza con una denuncia. El circuito se inicia cuando alguien  constata  la existencia de animales víctimas de maltrato. ¿Qué tipo de maltrato? Cualquiera que afecte su integridad física: animales  desnutridos, golpeados, explotados por sus dueños,  entre otros.

La persona interpone la denuncia contra el dueño y aporta pruebas que la avalen.  En este punto, las fotografías son fundamentales, al igual que el testimonio de otras personas.

Comienza el periplo judicial, que es largo y lento. Por eso la ley prevé el decomiso provisional del animal para evitar que siga expuesto a malas condiciones.

Se retira preventivamente al animal que muestre indicios de haber sufrido maltrato. Luego tendrá lugar la investigación correspondiente. Finalmente, el juez determinará si ese decomiso será definitivo o si el animal volverá a manos de su dueño; también puede ser adoptado por otra persona.

Esta retención del animal no solo se prevé para los maltratados. Las normas protegen al animal de los humanos, pero también a los humanos del animal.  Puede determinarse el decomiso de animales en caso de molestias frecuentes o de riesgos para el  vecindario.

Maltrato en las protectoras de animales

¿Qué pasa con los animales que han sido separados de sus dueños?

El decomiso en animales ocasiona un problema fundamental. No existen refugios estatales para mantenerlos. El juez decreta la separación del animal de su dueño, pero ¿dónde permanecerá hasta la decisión definitiva? ¿Quién lo alimentará y cuidará su sanidad? Y en caso de decomiso definitivo ¿adónde vivirá ese animal el resto de su vida? ¿Quién asumirá los costes?

Las Asociaciones de Protección Animal acreditadas como aptas para esa función, son la solución por el momento, los mantienen y los ofrecen en adopción.  La protección animal no está incluida en los presupuestos estatales.

Bibliografía

Todas las fuentes citadas fueron revisadas a profundidad por nuestro equipo, para asegurar su calidad, confiabilidad, vigencia y validez. La bibliografía de este artículo fue considerada confiable y de precisión académica o científica.

  • Las medidas cautelares en el delito de maltrato animal. Comentario al Auto de 14 de noviembre de 2017 del Juzgado de Instrucción No 1 de Lugo. Extraído de: https://ddd.uab.cat/pub/da/da_a2018v9n2/da_a2018v9n2p119.pdf
  • Junta de Andalucía, 2015. PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA Y ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Extraído de: https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/otras_disposiciones/16/05/DGIEPC_Animales%20de%20compania_Instruccion_1-2015.pdf
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